Es una agrupación de personas afiliadas a los regímenes contributivo y subsidiado, que tienen derecho a utilizar los servicios de salud de acuerdo con su sistema de afiliación y que velarán por la calidad del servicio y la defensa del usuario en la institución donde es atendido.
La Asociación de Usuarios velará por el cumplimiento de los derechos y deberes de los usuarios y sus familias, en condiciones de calidad, trato digno y oportunidad, de acuerdo a los principios y valores institucionales, las políticas de la empresa y direccionamiento que como empresa privada desean darle las directivas a la organización, en cumplimiento de las normatividad aplicable al sector salud. Será una organización sin ánimo de lucro, conformada por un número plural de usuarios y permitirá la participación activa a los usuarios y sus familias con el apoyo y el seguimiento de la institución a través de capacitaciones y reuniones periódicas.
La Asociación de Usuarios es un mecanismo de intermediación entre los usuarios y la entidad que les presta los servicios. En este sentido realizará las siguientes acciones:
Re dirigir a los usuarios al área que corresponda al interior de la empresa para que puedan recibir asesoría completa sobre los requisitos para acceder a los servicios, los horarios, tarifas etc.
Ser un canal más de comunicación efectivo para conocer las inquietudes y sugerencias de los usuarios relativos con actividades de servicio al cliente o relativos a la calidad y oportunidad de los servicios, para que sean escalados con las directivas de la institución y ser tenidas en cuenta.
Recoger las sugerencias, recomendaciones, inquietudes y peticiones de los usuarios, realizadas a través de sus representantes, referidos a aspectos de servicio al cliente y de calidad de los servicios brindados por la organización.
Dar a conocer los proyectos orientados a los usuarios y obtener su retroalimentación respecto a los mismos.
Sugerir ideas que mejoren la calidad y oportunidad en la prestación de los servicios de salud, en pro de la defensa de los derechos de los usuarios y por el cumplimiento de los deberes de los mismos.
Verificar que las peticiones, quejas, reclamos y sugerencias ante la IPS sean respondidas de manera oportuna.
Por medio de dos de sus representantes participar en el Comité de ética en representación de los usuarios, llevando a ésta las sugerencias de los mismos,para que en la toma de decisiones sean escuchadas, procurando mejorar la calidad en la prestación de los servicios que respondan a las necesidades de los usuarios.
Participar en el Comité de Participación Comunitaria COPACO del municipio, o el espacio de participación social que cumplan sus funciones, aportando las demandas y sugerencias de los usuarios.
Participar como usuarios en el Consejo Municipal de Seguridad Social en Salud.
Realizar acciones de educación a los asociados sobre seguridad social en salud, derechos y deberes de los usuarios, servicios de la IPS, promociones especiales vigentes y valores agregados que ofrezca la IPS.
Actuar en coordinación con la oficina de quejas y reclamos de la institución y con el Comité de Ética y de acuerdo a los lineamientos y directrices dadas por las directivas y gerencias de la IPS.
Re dirigir a los usuarios al área que corresponda al interior de la empresa para que puedan recibir asesoría completa sobre los requisitos para acceder a los servicios, los horarios, tarifas etc.
Ser un canal más de comunicación efectivo para conocer las inquietudes y sugerencias de los usuarios relativos con actividades de servicio al cliente o relativos a la calidad y oportunidad de los servicios, para que sean escalados con las directivas de la institución y ser tenidas en cuenta.
Recoger las sugerencias, recomendaciones, inquietudes y peticiones de los usuarios, realizadas a través de sus representantes, referidos a aspectos de servicio al cliente y de calidad de los servicios brindados por la organización.
Dar a conocer los proyectos orientados a los usuarios y obtener su retroalimentación respecto a los mismos.
Sugerir ideas que mejoren la calidad y oportunidad en la prestación de los servicios de salud, en pro de la defensa de los derechos de los usuarios y por el cumplimiento de los deberes de los mismos.
Verificar que las peticiones, quejas, reclamos y sugerencias ante la IPS sean respondidas de manera oportuna.
Por medio de dos de sus representantes participar en el Comité de ética en representación de los usuarios, llevando a ésta las sugerencias de los mismos,para que en la toma de decisiones sean escuchadas, procurando mejorar la calidad en la prestación de los servicios que respondan a las necesidades de los usuarios.
Participar en el Comité de Participación Comunitaria COPACO del municipio, o el espacio de participación social que cumplan sus funciones, aportando las demandas y sugerencias de los usuarios.
Participar como usuarios en el Consejo Municipal de Seguridad Social en Salud.
Realizar acciones de educación a los asociados sobre seguridad social en salud, derechos y deberes de los usuarios, servicios de la IPS, promociones especiales vigentes y valores agregados que ofrezca la IPS.
Actuar en coordinación con la oficina de quejas y reclamos de la institución y con el Comité de Ética y de acuerdo a los lineamientos y directrices dadas por las directivas y gerencias de la IPS.
Para ser miembro de la Asociación debe ser paciente de la IPS del o de la unidad de Salud Municipio y haber recibido nuestros servicios durante el último año contado a partir de la fecha de convocatoria a la asamblea de constitución, o dentro del año anterior a la fecha de solicitud de afiliación, según figure en los registros clínicos. Asimismo es indispensable haber asistido a la Asamblea de constitución de la Asociación o haber presentado de manera escrita la solicitud de admisión para ser evaluado y admitido.
Es importante tener en cuenta que los miembros de las asociaciones de usuarios deben observar las mismas inhabilidades, impedimentos e incompatibilidades que para tal efecto establece la norma que reglamenta las veedurías ciudadanas contempladas en la Ley 850 de 2003 (Artículo 19).
Los compromisos adquiridos por la IPS y la comunidad a través de la Asociación de Usuarios, estarán regulados por los principios de concertación y de amigable composición y no se utilizará para interrumpir el normal desarrollo de la atención en salud.
Estamos aquí para ayudarte. En nuestra sección de PQRS, puedes enviarnos tus inquietudes y comentarios.
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